Retenciones y percepciones
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Tenga en cuenta que no es usual que un agente de retención requiera factura B por lo que, de darse el caso, y creer que ha sido un error, por favor comuníquese con nosotros para hacer factura A.
Solo se puede abonar por DEPOSITO BANCARIO los pedidos que posean retenciones.
Si usted es agente de retención debe emitir retenciones por cada factura emitida, no por monto total facturado.
Si usted es agente de retención y , por favor, avísenos para que podamos emitirla. Por una cuestión de trazabilidad, sólo es posible abonar mediante transferencia bancaria. Si el se han generado retenciones, por favor, por sistema para que podamos cargarlas, tenga en cuenta que las retenciones se acreditarán en cuenta luego de que la transferencia bancaria haya sido acreditada.
Adicionalmente, tenga en cuenta que no es posible acreditar en cuenta retenciones cuya base imponible no coincida con la factura del pedido seleccionado, por lo que no es posible sumar varias facturas y emitir una sola retención, debe emitir retenciones por cada factura emitida. Si tiene varios pedidos, puede pedirnos que los unamos en uno solo antes de emitir la factura, una vez emitida la factura ya no se puede modificar.
Si bien cada caso es particular, usualmente las retenciones se calculan en base al importe del pedido libre de iva, de la siguiente forma:
Ingresos brutos: En base al importe libre de IVA, es un 2.5%. Por ejemplo: Si el importe libre de IVA es de $ 100; el calculo se realizaría de la siguiente forma: $100*0.025 = $ 2.50 (Ret. IIBB)
Ganancias: En base al importe libre de IVA, es un 2%. Por ejemplo: Si el importe libre de IVA es de $100; el calculo se realizaría de la siguiente forma: $100*0.02 = $ 2.00 (Ret. Ganancias)
Seguridad Social: En base al importe libre de IVA, es un 1%. Por ejemplo: Si el importe libre de IVA es de $100; el calculo se realizaría de la siguiente forma: $100*0.01 = $ 1.00 (Ret. SUSS)
IVA: En base a la suma del IVA del pedido, es un 50%. Por ejemplo: Si un pedido posee, por ejemplo, monto en impuestos de $10.5 en en IVA del 10.5% y $ 21 en IVA del 21% el calculo se realizaría de la siguiente forma: $10.5 + $21 = $ 31,5 * 0.5 = 15,75 (Ret. IVA)