Notificación de retención: "CANCELADO"
Si una notificación de retención se encuentra en estado CANCELADO puede deberse a diversos factores: Por ejemplo:
El CUIT se ha efectuado la retención a un CUIT equivocado. Verifique que la retención se haya efectuado al CUIT correcto.
El importe el importe que ha notificado no coincide con el importe presente en la retención, verifique que el importe retenido y el importe notificado coincidan.
Sin factura ha notificado una retención de un pedido que no fue facturado. Para generar una retención es necesaria la factura que origina la retención. Si aún no tiene la factura en su poder, puede solicitar la emisión de la misma.
Múltiples retenciones, ha notificado varias retenciones en una sola notificación. Para que su retención sea procesada correctamente es necesario que cargue cada retención por separado seleccionando el tipo de retención (IIBB, IVA, SUSS, Ganancias) y su importe correspondiente para cada una.
Imagen ilegible, ha adjuntado una imagen que no es legible es necesario que la imagen que adjunte sea perfectamente legible y, preferentemente, escaneada.
El comprobante no corresponde a una retención. Para que pueda acreditarse la retención correctamente es necesario que adjunte la constancia o comprobante de la misma, las órdenes de pago no son válidas.
Las retenciones se encuentran mal calculadas. Verifique que el importe retenido se haya calculado correctamente, los valores correspondientes a cada tipo de retención suelen ser:
Imp. a las Ganancias 2%, con base en el monto del pedido libre de IVA (valor bruto),
Seguridad social (SUSS) 1%, con base en el monto del pedido libre de IVA (valor bruto),
Ingresos Brutos (IIBB) 1.75%, con base en el monto del pedido libre de IVA (valor bruto),
Imp. al valor agregado (IVA) 50%, con base en el monto obtenido de la suma del IVA (10.5% + 21%).
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